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Viernes 3 de Mayo de 2024
 
 
Política
Ley de Medios: los caminos que podría recorrer la Corte Suprema
El máximo tribunal definirá este jueves si admite el per saltum y el recurso extraordinario presentado por el Gobierno. El constitucionalista Roberto Boico analiza las opciones que se abren.




La Corte Suprema de Justicia de la Nación comenzará a desandar este jueves el tramo final de la disputa entre el Gobierno nacional y el Grupo Clarín por la plena aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual sancionada el 10 de octubre de 2009. El máximo tribunal del país deberá resolver dos planteos presentados por el Gobierno: un recurso de salto de instancia, el per saltum, para que la Corte se expida sobre la cuestión de fondo en la disputa, es decir la constitucionalidad o no de los artículo 41, 45, 48 y 161 de la norma y un recurso extraordinario contra la decisión de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal de extender la medida cautelar que frena la plena aplicación de la ley de medios de la democracia y permita al multimedios mantenerse al margen de ella.

En diálogo con minutouno.com, el constitucionalista Roberto Boico explicó los caminos que podría recorrer la Corte Suprema ante los dos planteos del Gobierno. "En principio la Corte podría definir solo, debido a la urgencia que ella plantea, la admisibilidad del recurso de salto de instancia, porque para expedirse sobre el recurso extraordinario podría tomarse un poco más de tiempo. Por eso, ante la gravedad institucional que siempre implica la presentación de un recursos de salto de instancia, la Corte debería definir si lo admite, aunque esto no implica que no pueda resolver las dos cosas al mismo tiempo" señaló Boico.

La Corte ya rechazó un primer recurso de per saltum presentado por el Gobierno al entender que no era admisible por no mediar en aquel momento ningún fallo de primera instancia que lo meritara. Ahora lo hay. El juez Horacio Alfonso falló a favor del Gobierno. En un escrito de 58 carillas desechó cada uno de los argumentos presentados por el Grupo Clarín, rechazó el planteo de inconstitucionalidad de los artículos cuestionados por el multimedios y negó que exista amenaza alguna a la libertad de expresión. En este punto incluso aventuró que la ley 26.522 incluso la fomenta.

Sin embargo, y aunque los formalismos indican que un recurso de per saltum sólo puede ser interpuesto ante un fallo adverso, Boico explicó que al Estado nacional le asisten motivos que lo habilitan a requerirlo. "Hubo una sentencia favorable para el Estado nacional y la AFSCA pero hay un punto que el juzgado de 1ª instancia rechazó que es el planteo de falta de legitimación del Grupo Clarín. Es quizás una cuestión que pasa desapercibida por la cuestión de fondo, pero esto podría habilitar a la Corte a tratar toda la causa y la cuestión de fondo" explicó Boico y abundó: "El Estado planteó que el Grupo Clarín carece de la legitimación activa necesaria para poder promover un juicio, esto puede ser por varios motivos, en este caso el Gobierno planteó que el multimedios ya incumplía la ley anterior. El juez de primera instancia entendió que esto no es así y esta mínima derrota se podría decir, podría habilitar a la Corte a admitir el recurso".

Sin embargo el constitucionalista confió que las mayores posibilidades para que el máximo tribunal entienda que debe admitir el recurso de salto de instancia pasa por la gravedad institucional que reviste la causa. "El argumento de mayor peso es el de la gravedad institucional que tiene la causa –explicó Boico- porque el solo reconocimiento de la gravedad institucional permite la flexibilización de los recaudos que debe tomar la Corte en la admisibilidad de los recursos de salto de instancia".

En ese sentido, el letrado explicó a minutouno.com que "cuando una cuestión trasciende los intereses de las partes y afecta a toda la comunidad, la Corte puede dejar de lado algunos recaudos para expedirse y aquí existe gravedad institucional, por eso, más allá de una sentencia favorable de primera instanciam en este contexto la Corte podría admitir el recurso como lo hizo en otros muchos casos".

En caso de admitirlo la Corte no tiene plazos para expedirse sobre la cuestión de fondo. "Probablemente este jueves la Corte resuelva sólo la admisibilidad y después tratará la cuestión e fondo. Para esto no tiene plazos formales más allá de la premura que la propia Corte se ha autoimpuesto al reclamársela a los tribunales inferiores" dijo Boico.

En caso de rechazar el recurso la causa volverá a la Cámara que "tiene plazos ordenatorios pero no perentorios, una vez que se sustancia el recurso y se corre vista a las partes para que presenten sus observaciones podría pasar más de un mes para que se expida lo que significaría un nuevo retraso en la plena aplicación de la ley de Medios".

Sobre los integrantes de la Cámara María Susana Najurieta, Francisco de las Carreras y Ricardo Guarinoni, pesa la sospecha de haber incurrido en un "alzamiento" contra la Corte al haber desoído un dictamen del máximo tribunal que fijaba el 7 de diciembre como límite para la vigencia de la cautelar que beneficia al Grupo Clarín y extenderla nuevamente por tiempo indefinido. La Corte deberá en este sentido definir si el recurso extraordinario contra la extensión de la cautelar es admisible.

El gobierno también denunció a Najurieta y De las Carreras de haber recibido dádivas al participar de un encuentro organizado por en Miami por CERTAL,organización con estrechos vínculos con el Grupo Clarín.

La decisión del máximo tribunal este jueves es clave y podría reactivar el proceso de desinversión, que quedó en suspenso, del único multimedio que no presentó un plan de adecuación a la ley, iniciado de oficio por la AFSCA tras el fallo del juez Alfonso.





Fuente: Minuto Uno


Miércoles, 26 de diciembre de 2012
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